A la espera de la reglamentación de AFIP y Banco Central, ya corre el plazo para acceder al nuevo blanqueo inmobiliario.

23 de marzo de 2021

La ley 27.613 estableció un nuevo régimen de exteriorización de moneda nacional y extranjero con destino a la inversión en nuevos proyectos privados de construcción.

Se entiende por proyectos nuevos a aquellos que se inicien con posterioridad a la vigencia de la ley o que a esa fecha cuenten con un grado de avance de hasta el 50%. Y puede tratarse de obras a desarrollarse por un tercero o por el propio contribuyente.

Los fondos que se exterioricen deberán ser depositados en una cuenta especial a reglamentarse por el Banco Central y pagarán un impuesto especial conforme el siguiente esquema:

  1. Ingresados desde la fecha de entrada en vigencia de esta ley y hasta transcurrido el plazo de 60 días corridos: 5%;
  2. Ingresados desde el día siguiente de vencido el plazo del inciso 1. y hasta transcurrido el plazo de 30 días corridos, ambas fechas inclusive: 10%; y
  3. Ingresados desde el día siguiente de vencido el plazo del inciso 2. y hasta transcurrido el plazo de treinta 30 días corridos, ambas fechas inclusive: 20%.

Los fondos que se exterioricen estarán sujetos a amplias condonaciones impositivas y los sujetos que realicen la exteriorización quedarán eximidos de la responsabilidad penal tributaria, cambiaría y aduanera a su respecto, todo ello sujeto a ciertas condiciones.

La ley se publicó con fecha 12 de marzo de 2021 por lo que técnicamente los plazos señalados más arriba ya están corriendo. En esta nota publicada en el diario La Nación integrantes del mercado inmobiliario señalan lo útil que sería que se publiquen en el más corto plazo posible las reglamentaciones pertinentes. Dejamos también el enlace al texto de la ley.

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