La Cámara Federal de San Martín, en autos “EL HOTEL PILAR S.A. C/AFIP-DGI s/INC APELACION”, confirmó la medida cautelar otorgada en favor del contribuyente en primera instancia que impidió que la Administración Federal de Ingresos Públicos avance en reclamar el ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales sobre Acciones y Participaciones que la sociedad había pedido compensar con el saldo a favor de Impuesto al Valor Agregado que la empresa tenía.
Para así resolver, el tribunal recordó que este asunto ya había sido tratado y resuelto en el mismo sentido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el conocido precedente “Rectificaciones Rivadavia” en el cual ese tribunal había sostenido que la AFIP -en tanto limitó la posibilidad de efectuar esta compensación por parte de los contribuyentes- actuó en contra de la ley que expresamente lo permitía.
Si bien el fallo se trata de la confirmación de una medida cautelar, por ende corresponde esperar a la resolución del fondo del asunto, es importante destacar qué existiendo un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el mismo sentido, la posibilidad de los contribuyentes de obtener una medida cautelar es concreta.
Compartimos el fallo. En KGMlaw podemos asistirles en el caso de que estuvieran en una situación similar.