- La empresa, la cual debe ser o bien (i) una Persona Física, (ii) una Persona Jurídica, (iii) una Entidad Educativa Formal o (iv) un Culto Oficialmente Reconocido, debe estar debidamente inscripto ante el Registro Único de Requirentes de Extranjeros de Argentina (RENURE). El RENURE es un registro llevado por la Dirección Nacional de Migraciones, encargado de recibir toda la documentación requerida, con el fin de que una persona física o jurídica ingrese a un extranjero para que trabaje de manera remunerada o no con el requirente.
- El ciudadano extranjero deberá gestionar, previo a su arribo a la Argentina, un certificado de no antecedentes penales del país de origen el cual deberá, además, poseer la Apostilla de la Haya. El certificado deberá tener una antigüedad no mayor a 90 días a la fecha de presentación ante Migraciones de Argentina. Por último, se debe tener en cuenta que las normas reglamentarias exigen la presentación de certificados de no antecedentes penales del país de su nacionalidad y de todo aquel otro país en el que la persona hubiera residido al menos un año durante los últimos 3 años.
- La empresa deberá contar con la presencia física del ciudadano extranjero dentro del país para poder comenzar con el proceso de solicitud de su residencia en el país o permiso de trabajo que desee gestionar.
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