El Banco Central reglamentó la Cuenta Especial de Regularización de Activos

18 de julio de 2024

A través de la Comunicación “A” 8062, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) refglamentó la “Cuenta Especial de Regularización de Activos”, en el marco de la Ley 27.743, dirigida a las personas/empresas que queiran ingresar al blanqueo declarando efectivo. Estas cuentas permitirán la regularización de tenencias en moneda nacional o extranjera, que se podrán depositar en efectivo o mediante transferencias, manteniéndose en la moneda de origen.

Los fondos en estas cuentas permanecerán indisponibles hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive. Sin embargo, se podrán utilizar para inversiones permitidas o pagos de impuestos, siempre y cuando estén debidamente documentados y respaldados por comprobantes pertinentes, como facturas o boletos de compraventa.

Las entidades financieras deberán informar a la AFIP todos los movimientos de estas cuentas y solo podrán cobrar comisiones por el mantenimiento de las mismas. Estas comisiones no deben superar las aplicadas a cajas de ahorro o cuentas corrientes especiales para personas jurídicas en dólares estadounidenses a la fecha de promulgación de la Ley 27.743.

Al cumplirse los plazos legales y reglamentarios, las cuentas se cerrarán de oficio, y cualquier saldo restante será transferido a otra cuenta a nombre del titular. Además, en caso de necesidad, los declarantes podrán convertir los fondos a pesos para el pago de impuestos o inversiones permitidas, debiendo conservarse la documentación correspondiente en el legajo de la cuenta.

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