En la causa “HOLJEVAC, FEDERICO LIONEL (TF 36844-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO” en fecha 27/04/2021, donde se excluyó del Régimen del Monotributo a un contribuyente por advertir la existencia de bienes y gastos por un valor mayor a los ingresos declarados, la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, sostuvo que correspondía la aplicación de una multa por defraudación.
Ello por cuanto, a partir del análisis de los ingresos y egresos comprobados, el contribuyente revelaba una capacidad contributiva que correspondía registrar en el Régimen General y, a pesar de conocer dicha circunstancia, no cumplió con sus obligaciones y procedió a su categorización en el Monotributo.
Así, se configura la presunción de un obrar doloso por parte del responsable, la que no fue desvirtuada por el contribuyente.
Destacamos este fallo pues resulta importante conocer los parámetros que se consideran para tener configurado o no el obrar doloso para permitir configurar la conducta como defraudación. Será cuestión de analizar cada caso puntual para definir una estrategia.
Compartimos el fallo. En KGMlaw podemos asistirles en el caso de que estuvieran en una situación similar.